Convocatoria 2025

Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura renovará parcialmente su Comisión

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 4288/2011, “Que crea el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura (MNP) y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes” y el ACTA Nº 01/25 del Órgano Selector (OS) del MNP; se CONVOCA por el término de treinta días hábiles (Del 12 de agosto hasta el 24 de setiembre del año en curso) a personas interesadas en ocupar el cargo de miembro titular y suplente de la Comisión Nacional de Prevención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Serán elegidas tres personas titulares y dos suplentes, en atención a que a fines de diciembre del presente año se producirá el fenecimiento del mandato de tres integrantes de la Comisión Nacional.

Las postulaciones se recibirán de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs., en las oficinas del MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN CONTRA LA TORTURA. Dirección: Azara Nro. 2059, entre Mayor Bullo y Gral. Bruguez, Asunción, Paraguay. Teléfono Nº: (021) 442 -993 /4.

Los formularios, requisitos de postulación y la información requerida se podrán acceder en la web https://www.mnp.gov.py y en las oficinas del MNP.

Consultas al correo organo.selector@mnp.gov.py

La ley No. 4288/11 de creación del Mecanismo establece que, recibidas las postulaciones, el Órgano Selector seleccionará ternas que serán sometidas a consulta popular en audiencias públicas, hasta concluir con una votación fundada, eligiendo a quienes serán titulares, que en el presente proceso serán tres personas.

“En el cumplimiento de sus funciones los/las miembros/as del Órgano Selector deberán actuar con absoluta independencia de los Poderes del Estado, de los partidos y movimientos políticos, de los sectores sociales y de toda persona individual o colectiva. Se abstendrán de considerar cualquier tipo de recomendación. Las propuestas o solicitudes para la integración de ternas para los cargos de comisionado/a para integrar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura deberán ser canalizadas por las vías institucionales correspondientes.” 

Artículo 14 – LEY N° 4288. Requisitos para integrar la Comisión Nacional: Podrán ser elegidos como integrantes titulares y suplentes de la Comisión Nacional, las personas que cumplan los siguientes requisitos:

1.     Nacionalidad paraguaya.

2.     Residencia permanente en el país.

3.     Treinta años de edad.

4.     Estar habilitado para ejercer funciones públicas.

5.     Tener experiencia en las áreas que hagan al cumplimiento del Protocolo.

6.     Tener reconocidos méritos en la defensa de los Derechos Humanos y notoria honorabilidad.

7.     No poseer antecedentes penales.

En la selección de los miembros de la Comisión Nacional y de los demás integrantes del Mecanismo, se respetará el equilibrio de género y la diversidad cultural.

Artículo 15 – RESOLUCIÓN OS N°01/22 – Reglamento OS – Las personas postulantes al presentar su solicitud, deberán cumplir las siguientes exigencias:

1.     Acompañar currículo vitae de conformidad con el modelo preparado por el OS, con los documentos originales que justifiquen los datos ofrecidos;

2.     Adjuntar constancia de antecedentes judiciales expedidos por la Corte Suprema de Justicia.

3.     Adjuntar antecedentes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados

4.     No estar comprendido/a en los casos de inhabilitación legal para el ejercicio de funciones públicas;

5.     Presentar una copia de todos los documentos ofrecidos que justifican los datos brindados por el postulante, los cuales serán certificados por Secretaria del OS, con los documentos originales que se acompañen a la presentación. Así mismo toda la información requerida deberá ser adjuntada en un soporte digital.R