MNP insta a senadores/as a rechazar cambios en la ley 6486 del derecho del niño a vivir en familia

Para el MNP la modificación de los artículos 4, 12 y 116 de la Ley 6486/2020, no responde al enfoque de derechos introducido por la Convención sobre los derechos del niño (Ley 57/90) y al Principio del Interés Superior del niño que, en este caso, estaría dado por la garantía de brindar al niño, niña y adolescente (NNA) en cuidado alternativo una atención personalizada y en pequeños grupos, a través del cuidado familiar y/o residencial, y no institucional.

Preocupa que el proyecto plantee dar legalidad al modelo institucional, disminuyendo el estándar vigente conforme a la ley en su redacción actual. Preocupa así mismo, la ausencia de un enfoque de derechos en esta propuesta de modificación.

La modificación que pretende colocar el modelo institucional como alternativa de cuidado, tiene como principal argumento 1) la imposibilidad económica de instituciones de cuidado de realizar la reconversión de infraestructura, y 2) la dificultad de actores judiciales de encontrar respuestas de abrigo y acogimiento para NNA que lo necesitan.  Sobre esto, la solución a estos problemas debe ser planteada donde está el problema y no con una “supuesta nueva solución” (volver al modelo institucional), generar nuevos y antiguos problemas.

La negativa al modelo institucional como cuidado alternativo de niños está consagrada en las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños de Naciones Unidas (2009); en la Política Nacional de Protección de niñas, niños y adolescentes separados de sus familias, aprobada por el Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia (2012); en el Reglamento para instituciones de cuidado alternativo y sus protocolos anexos, del Ministerio de Niñez y Adolescencia (2015) y en la Ley 6486 (2020).

Desde el 2015 el Ministerio de Niñez (MINNA) tiene vigente el Reglamento y Protocolos para instituciones de cuidado alternativo, donde ya se establecía claramente que el modelo institucional no estaba contemplado. Ya han pasado 9 años y hay instituciones de cuidado que, incluso en el año 2016, realizaron refacciones en su infraestructura y lo hicieron dentro del modelo institucional, desconociendo toda la legislación y marco doctrinario vigente.

La solución a los dos problemas señalados en las argumentaciones, se darían a través del fortalecimiento de las políticas públicas de cuidado alternativo de NNA, a través del apoyo al ente rector para hacer efectivos en tiempo y forma, procesos de búsqueda, localización y mantenimiento del vínculo con familia de origen y familias acogedoras. Y esto se lograría a través de la creación de equipos que evalúen a las familias de origen de NNA, viendo si hay posibilidades de reintegración, y en caso que no, que se articule con el Centro de Adopciones, que a diciembre 2023 tiene 167 familias en lista de espera para adoptar. Si se crearan estos equipos y se agilizaran procesos judiciales, NNA pasarían 4 meses y no 4 años en instituciones de cuidado alternativo. De este modo, las instituciones tendrían más disponibilidad de recibir a nuevos NNA, ya que los cupos se liberarían con agilidad.

El MINNA ha recibido un aumento presupuestario de cinco mil millones de guaraníes para el Ejercicio Fiscal 2024, de modo a realizar todo lo señalado en el párrafo anterior.

En el 2023, el MNP visito a 33/39 instituciones de cuidado alternativo a nivel país (85%) y constató que:

  • 41% brindan cuidado institucional.
  • 31% brindan cuidado residencial.
  • 15% brindan un cuidado intermedio entre institucional y residencial. Estas instituciones con apoyo cercano, pueden consolidar el cuidado residencial.
  • 10% brindan cuidado familiar.
  • 3% está en proceso de cierre.

Así, sumando el cuidado permitido y que asegura calidad al NNA se encuentran el 56% de instituciones a nivel país. Hagamos que el 41% avance hacia el mismo resultado y no retrotraigamos el avance país en esta área.

El MNP compendió este año las recomendaciones que en sus diez años de vida institucional realizó en materia de niñez institucionalizada, para mayor información, acceder al siguiente link www.mnp.gov.py