
Mediante la Ley N.º 7600, el Estado paraguayo aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada el 15 de junio de 2015 en Washington, D.C., en el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Este instrumento jurídico tiene como objetivo garantizar un envejecimiento saludable, promoviendo, protegiendo y asegurando el pleno reconocimiento de los derechos de las personas mayores como sujetos de derechos en esta etapa del ciclo de vida.
El contexto demográfico paraguayo evidencia un acelerado proceso de envejecimiento poblacional. Los datos del Censo Nacional de Población y Viviendas 2022 revelan un incremento sostenido de la población adulta mayor, así como proyecciones que confirman esta tendencia. Esta realidad plantea el desafío de fortalecer las políticas públicas dirigidas a este sector, así como la necesidad de contar con una política integral de protección social que responda a sus demandas actuales y futuras.
La instalación de estándares de protección y la visibilización de las personas mayores requieren de un trabajo articulado, intersectorial e interinstitucional, con la participación de todos los actores del Sistema, en los distintos niveles de intervención del Estado.
Uno de los principales desafíos que enfrenta la población adulta mayor es la necesidad de contar, más allá de respuestas puntuales ante la ausencia de redes familiares responsables de su cuidado conforme al marco jurídico vigente, con una verdadera Política de Protección Social, dotada de presupuesto garantizado. Esto permitiría asegurar condiciones de bienestar y brindar apoyos adecuados para que las personas mayores puedan conservar su autonomía e independencia, evitando internaciones innecesarias.
En relación con los hogares de cuidado, si bien en los últimos diez años se han registrado avances en materia de monitoreo, persiste la necesidad de fortalecer la rectoría del ente competente, a fin de garantizar la efectiva aplicación de los estándares establecidos en la Ley N.º 5537/2015, así como la implementación de un control sistemático y sostenido.
El Mecanismo Nacional de Prevención (MNP) reafirma su compromiso con la dignidad y los derechos humanos de las personas mayores y destaca que una de sus recomendaciones centrales ha sido la aprobación de esta Convención, cuya concreción constituye un avance significativo en el marco de la protección de los derechos de este grupo poblacional.