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Perspectiva de derechos en la atención a personas en situación de consumo problemático de sustancias

 

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) y el Centro Nacional de Adicciones (CNA) organizaron la presentación de estándares de atención a personas en situación de consumo problemático de sustancias, con la participación de referentes de instituciones públicas y privadas. 

La apertura del encuentro estuvo a cargo de la presidenta de turno del MNP, comisionada nacional Sonia Von Lepel, y el director del CNA, Manuel Fresco, quien a su vez realizó un repaso de las normas mínimas de calidad de atención a personas en situación de consumo de sustancias. 

Por su parte, el director de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud Pública, Luis Taboada, se refirió a la atención a la persona en el marco de la nueva Ley de salud mental.

Igualmente, Agustín Barua, psiquiatra y escabino MNP, compartió el enfoque de “Ejedesencuadrá: una perspectiva de salud mental paraguaya desde los derechos”, a fin de aportar al análisis la mirada más allá del encierro. 

La socialización de las recomendaciones del MNP en la materia: Brechas para el cumplimiento de los derechos humanos, estuvo a cargo de la comisionada nacional Claudia Sanabria.  

Este espacio de diálogo se desarrolló en formato híbrido, de manera presencial en el salón auditorio del CNA, donde –entre otros asistentes- acompañaron los/as comisionados/as Magdalena Palau, Orlando Castillo, Renzo Cristaldo y José Carlos Rodríguez; en tanto que a través de la plataforma virtual hubo un seguimiento de una treintena de participantes. 

La actividad se enmarca dentro de la conmemoración de los 10 años de vida institucional del MNP, que apunta a dar visibilidad a las poblaciones de todos los ámbitos de intervención.

 

 

 

 

Recomendaciones del MNP sobre cuidado alternativo de niños, niñas y adolescentes

 

 

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura socializó un compendio de sus recomendaciones en el ámbito del cuidado alternativo de niños, niñas y adolescentes, dirigidas a distintos actores del Sistema Nacional de Protección y Promoción Integral a la Niñez y Adolescencia (SNPPI). El acto contó con la presencia de representantes de organismos gubernamentales, de la cooperación internacional y de la sociedad civil.

Las palabras de apertura estuvieron a cargo de la comisionada Sonia Von Lepel, Presidenta de Turno del MNP; y de Andrea Cid, Oficial de Protección de UNICEF.

Las comisionadas Magdalena Palau y Claudia Sanabria presentaron el compendio de recomendaciones, elaborado en el marco de sus 10 años de labor institucional. Contiene además reflexiones que buscan dar visibilidad a los avances en el trabajo en esta área a nivel país y a los desafíos para continuar fortaleciendo un sistema de cuidado alternativo que asegure el pronto retorno a una vida familiar para niños, niñas y adolescentes, y que, de darse, el cuidado alternativo sea lo suficientemente respetuoso y protector para con ellos y ellas.

Por su parte, Rosana Caballero, del Ministerio de Desarrollo Social, expuso sobre los programas de fortalecimiento familiar y su impacto en la prevención de la separación de niños, niñas y adolescentes de sus familias; y Alejandra Rodríguez, coordinadora de la organización Enfoque Niñez, se refirió a la implementación de la Ley 6486/20, conforme sus avances y desafíos.

Igualmente se compartieron reflexiones en torno al cumplimiento de las recomendaciones desde la voz de actores claves del Sistema. Este espacio tuvo participación del viceministro de Protección Integral de Derecho del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, Eduardo Escobar Said; de la Defensora General del Ministerio de la Defensa Pública, Lorena Segovia; y del Director Ejecutivo de la Coordinadora de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia – CDIA, Aníbal Cabrera.

Cabe recordar que el cuidado alternativo es aquel brindado por la familia ampliada o la familia acogedora a través de la guarda; o por entidades de abrigo residenciales a través de la figura del abrigo, en los que se garantiza al niño, la niña y el adolescente su desarrollo integral del goce y ejercicio de sus derechos humanos.

El MNP, fue creado por Ley 4288/2011, en reglamentación de la Ley 2754/2005, “Que aprueba el Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. Su ámbito de intervención incluye hogares de abrigo donde se encuentran niñas, niños y adolescentes afectados en su libertad, según el art. 4° de la ley. La afectación en su libertad comprende principalmente la restricción de sus derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a vivir en familia.

Esta actividad del MNP forma parte además de la Campaña de la XXIX Semana por los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que en esta edición tiene el lema “Por nuestros derechos, con nuestras voces por nuestra dignidad”.

 

 

El MNP presentará un compendio de sus recomendaciones en el ámbito del cuidado alternativo de niños, niñas y adolescentes

 

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) socializará un compendio de sus recomendaciones en el ámbito del cuidado alternativo de niños, niñas y adolescentes, dirigidas a distintos actores del Sistema Nacional de Protección y Promoción Integral a la Niñez y Adolescencia (SNPPI). 

La presentación se realizará en un encuentro con autoridades gubernamentales y referentes no gubernamentales, el jueves 10 de agosto del corriente, de 14 a 16 horas, en la sala de reuniones del MNP y en modalidad virtual con transmisión en vivo (Facebook Live). 

El MNP elaboró esta compilación en el marco de sus 10 años de labor institucional, material que contiende además reflexiones que buscan dar visibilidad a los avances en el trabajo en esta área a nivel país y a los desafíos para continuar fortaleciendo un sistema de cuidado alternativo que asegure el pronto retorno a una vida familiar para niños, niñas y adolescentes, y que, de darse, el cuidado alternativo sea lo suficientemente respetuoso y protector para con ellos y ellas.

Cabe recordar que el cuidado alternativo es aquel brindado por la familia ampliada o la familia acogedora a través de la guarda; o por entidades de abrigo residenciales a través de la figura del abrigo, en los que se garantiza al niño, la niña y el adolescente su desarrollo integral del goce y ejercicio de sus derechos humanos.

El MNP, fue creado por Ley 4288/2011, en reglamentación de la Ley 2754/2005, “Que aprueba el Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. Su ámbito de intervención incluye hogares de abrigo donde se encuentran niñas, niños y adolescentes afectados en su libertad, según el art. 4° de la ley. La afectación en su libertad comprende principalmente la restricción de sus derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a vivir en familia. 

Esta actividad del MNP forma parte además de la Campaña de la XXIX Semana por los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que en esta edición tiene el lema “Por nuestros derechos, con nuestras voces por nuestra dignidad”.

 

Mayor información: 0961547000

 

MNP resalta sentencia de condena internacional al Estado paraguayo sobre caso de tortura

 

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura destaca la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), dada a conocer en la fecha, sobre la sentencia unánime contra el Estado paraguayo en la causa llevada ante esa instancia por Jorge Luis López Sosa. La Corte IDH alega que el Estado fue responsable de las torturas que sufrió en el año 2000.

 

Para el MNP la nueva condena internacional es un faro de atención para las instituciones del Estado: “se declara a Paraguay internacionalmente responsable por la violación de los derechos a la integridad, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial, en perjuicio del señor Jorge Luis López Sosa. Debido a las torturas a las que fue sometido y a las posteriores fallas ocurridas en el marco del proceso penal iniciado a raíz de la denuncia interpuesta por él”. 

 

El MNP considera la sentencia como una oportunidad para recordar y respaldar las iniciativas de prevención de la tortura y defensa de los derechos humanos dentro de las instituciones públicas; que las denuncias sean investigadas y se garantice la no impunidad. 

 

Entre las garantías de no repetición se resalta la obligación impuesta al Estado de diseñar e implementar un programa de capacitación para cuerpos de seguridad, jueces y fiscales sobre los estándares interamericanos en materia de prohibición, prevención e investigación de actos de tortura, y que debe incorporarse de manera permanente dicho programa a la formación de los funcionarios mencionados.  

 

La condena establece además una reparación material por los daños ocasionados al denunciante y que, en un plazo razonable se debe continuar la sustanciación del proceso penal en curso y sancionar a los responsables por los hechos de tortura. Jorge Luis López Sosa fue detenido ilegalmente dentro de un estado de excepción en el año 2000 y fue torturado por efectivos de la policía nacional.

 

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